Atención al cliente

Cómo reclamar a tu operadora paso a paso (y qué hacer si no te hace caso)

Un cobro que no reconoces, una baja que no se tramita, una avería que no se compensa… Reclamar a una operadora tiene un camino marcado por la ley, y el último paso es gratuito y obliga a la compañía. Te lo explicamos con plazos y consejos.

LEquipo de Lectornado
· 4 min de lectura
Reclamar ante la Oficina de Atención al Usuario de Telecomunicaciones es gratis

Paso 1: reclama a la operadora

Es obligatorio empezar por aquí. Tienes un mes desde que conoces el problema para reclamar a tu compañía (Orden ITC/1030/2007).

  • La operadora tiene que aceptar tu reclamación por teléfono y también por el canal por el que contrataste.
  • Te tiene que dar un número de referencia. Si reclamas por teléfono, puedes pedir un justificante por escrito.
  • Tiene un mes para responderte.
Guarda todo

El número de referencia, la fecha, las facturas, capturas de la oferta o del contrato y, si las tienes, las grabaciones de las llamadas. Si la reclamación se cierra por teléfono, la empresa tiene que grabarla con tu consentimiento.

Paso 2: la Oficina de Atención al Usuario de Telecomunicaciones

Si la operadora no te responde en un mes, o su respuesta no te convence, puedes acudir a la Oficina de Atención al Usuario de Telecomunicaciones, del Ministerio para la Transformación Digital.

3 mesespara presentar tu reclamación desde la respuesta o desde que pasó el mes
0 €el procedimiento es gratuito
6 mesestiene la Oficina para resolver
  • Quién puede reclamar: particulares, autónomos y microempresas.
  • Cómo: por internet en su sede electrónica (con certificado digital o Cl@ve) o en papel, con su formulario, en cualquier registro o por correo.
  • Teléfonos de información: 91 945 89 74 y 901 33 66 99.
  • Lo que resuelve obliga a la operadora: puede anular facturas, ordenar devoluciones o que se tramite una baja. Las operadoras están obligadas a someterse a este procedimiento.
  • Si en 6 meses no hay resolución, se entiende rechazada, aunque la Administración sigue obligada a resolver. Contra la resolución cabe recurso.

Qué puede resolver y qué no

SíNo
Facturas y cobros indebidosIndemnizaciones por daños y perjuicios
Bajas que no se tramitanCláusulas abusivas o publicidad
PortabilidadesProtección de datos (va a la AEPD)
Altas que no pedisteProblemas con el móvil o el aparato
Averías, cortes y compensacionesInstalaciones dentro de tu casa
Ofertas que no se cumplen y cambios de contrato no avisadosAsuntos ya resueltos en un arbitraje

Otras vías

  • Arbitraje de consumo: gratuito y con una decisión que obliga a las dos partes, pero solo si la operadora está adherida. Si eliges el arbitraje, no puedes ir a la vez a la Oficina de Atención al Usuario.
  • Oficina municipal de información al consumidor (OMIC) o el servicio de consumo de tu comunidad autónoma.
  • Asociaciones de consumidores, como OCU o Facua.
  • Los tribunales, si reclamas daños y perjuicios.

Mientras reclamas

Reclamar no frena el cobro: la operadora puede suspender el servicio si hay un impago de más de un mes y darte de baja si supera los tres meses. Lo más prudente es pagar lo que no discutes y reclamar solo la parte en desacuerdo.

«Reclamar bien es reclamar con pruebas: número de referencia, fecha y factura.»

Preguntas frecuentes

¿Puedo ir directamente a la Oficina de Atención al Usuario?

No. Antes tienes que reclamar a la operadora y esperar su respuesta o a que pase un mes.

¿Cuesta dinero reclamar?

No. Tanto la reclamación a la operadora como el procedimiento de la Oficina de Atención al Usuario son gratuitos.

¿Me pueden indemnizar por daños por esta vía?

No. La Oficina puede ordenar devoluciones y anular facturas, pero los daños y perjuicios se reclaman en los tribunales o en un arbitraje.

¿Qué pruebas debo guardar?

El número de referencia, el justificante, las facturas, capturas de la oferta o del contrato y las grabaciones de las llamadas si las tienes.

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